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Los Animes que influencian en mi carrera como contador

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Aun recuerdo los primeros días en la universidad, estaba muy emocionado con aprender cosas nuevas sobre la carrera, y muchos profesores siempre decían: “Fácil es ingresar a la universidad lo difícil es terminarla”. Fueron 4 años y medio de mucho trabajo difícil, amanecidas, trabajar a la par para pagar mis estudios universitarios y sobrevivir … fue muy difícil.

Pero luego de terminar la carrera, me colegie como contador publico y pensaba que vendría la recompensa pero resulto al contrario: salir tarde del trabajo por los famosos “cierre del mes”.

Si tú que estas leyendo eres universitario, egresado o un contador que trabaja todos los días, debes de saber a que me refiero (universidad + trabajo).

En general la vida es muy difícil, pasaras por un montón de cosas malas, caídas, pensaras que ya no hay solución, pero  en esos momentos donde todo esta perdido la “motivación” juega un papel importante, en mi caso fueron los animes, con el pasar de los años me di cuenta que fue lo mejor que puede haber echo.

1. Súper Campeones

Quien no recuerda a Oliver Atom el niño que decía que el balón era su amigo y a sus compañeros del newpi con los que logro muchos triunfos.

oliver

¿Qué Aprendí?

Si tu has visto super campeones sabrás que Oliver siempre copiaba las técnicas de sus rivales y las hacia suyas, un ejemplo fue la vuelta al estilo santana (jugados brasileño).

Cuando empecé a dar mis primeros talleres a mediados del 2011, algo que hacia siempre era ir a exposiciones a ver como otros exponían o que herramientas utilizaban en sus talleres y me los copiaba.

Pero aca en el perú todavía le falta mucha cultura en cuanto talleres comparado con otros países , así que me pasaba horas de horas viendo videos en interet, como hacían los talleres en estados unidos, españa y simplemente apuntaba todo lo novedoso para luego aplicarlo.

Algo que siempre admire eras la sencillez de los expositores de Silicon Valley, son personas que mueven millones de dólares pero un chaqueta un blue jean es suficiente para sus charlas (el mejor ejemplo es Steve job).

2. Dragon Ball

Dragon Ball es uno de los animes que me fascina ver, no me perdía ningún capitulo de la seria, el personaje principal de la seria era Goku un sayajin criado en la tierra, lo que más le gustaba era pelear con sujetos mas fuertes y siempre defendía la tierra y a sus amigos.

Goku

¿Qué Aprendí?

Si has visto goku sabrás que siempre le dan una paliza y al final de la pelea de tanta persistencia e ingenio gana las peleas.

Los primeros meses de trabajo no fueron muy buenos para mí (cursaba el segundo ciclo de la universidad), era difícil competir con otros chicos de otras universidades y con mas experiencias.

En ese momento recordé la pelee que tuvo Goku con cell, el entreno en la cámara del tiempo (templo de kamisama) donde 1 día equivale a 1 año.

Asi que dije si estudio más que mis compañeros, si logro dar un paso mas podré igualarlos o quizás superarlos, así que las noches se convirtieron en mi cámara del tiempo, y en tan solo 1 mes pude empezar a llamar la atención de mis jefes y de mis compañeros , y partir de ese momento hasta las actualidad prefiero trabajar en las  noche (mientras tú estas durmiendo yo sigo estudiando).

3. Caballeros del Zodiaco

Seiya era un chavo huérfano que vivía en un orfanato, cuando eran niños fueron enviados a distintos lugares a entrenar con el propósito de un futuro convertirse en caballeros de Atena. En toda la serie siempre que terminaban ganando a un enemigo, aparecía otro más fuerte, hasta el enemigo final Hades.

caballeros

¿Qué Aprendí?

El último trabajo que tuve como trabajador de una empresa fue hace 5 años aproximadamente fue en el área de recursos humanos. Esta empresa era una textil donde tenia cerca de 500 trabajadores y casi el 80% de trabajadores eran mujeres , en especial de base treinta para arriba.

Cada semana siempre venían las trabajadoras dejando tarjetas de polladas, parrilladas pro salud en la mayoría de casos, déjenme decirles que puede escuchar muchas historias pero nunca pude decir las palabras correctas para darle un consejo o un aliento. Lo único que atinaba a decir erá una frase de Saga de Géminis que lo tengo gravado: Solamente aquellos que han perdido toda esperanza y dejan de combatir mueren” , lo cambiaba por lo siguiente: “Nunca pierda la esperanza, siga luchando todos los días por sus seres queridos”

Y es que la vida no es nada fácil, cada día aparecerá un enemigo cada vez mas fuerte (dinero, enfermedad, problemas familiares, hijos, padres, robo, muerte, etc), lo que aprendí de Seiya es no darme por vencido y pelear hasta el final.

4. Naruto

Naruto es un chico que creció huérfano solo en su aldea, era odiado por los pobladores del lugar porque dentro de el encerraba a un zorro que había destruido la aldea años atrás. Desde el primer capitulo el tenia un sueño en convertirse en Hokage (es el máximo honor a un ninja) y ganarse el respeto de todos.

naruto

¿Qué Aprendí?

En la vida siempre hay que tener metas y objetivos pero no simples metas hay que ser ambiciosos con nuestras metas. Es muy diferente decir: mi meta es acabar la universidad a decir: Mi meta es acabar quinto superior en la universidad.

La serie de Naruto duro 15 años , y en capitulo final (manga 700) Naruto es nombrado el Sétimo Hokage.

Cuando vi el primer capitulo de esta serie, me hice una pregunta cual es mi meta, pensé: vivir in Miraflores, tener un departamento, un carro último modelo, dinero, mujeres … al final todo eso era pasajero decía, en comparación Naruto quería ser Hokage , el máximo titulo para un ninja de su aldea y proteger a todos.

Luego de ver los capítulos siguientes llegue a una conclusión, mi sueño es convertirme EN EL MEJOR CONTADOR DEL PERÚ. Actualmente solo busco cumplir ese sueño, para ser sincero no se que tengo que hacer, estoy algo perdido, pero trato de cada día probar algo distinto que me acerque más a mi sueño.

Así que este año la meta es escribir más artículos, hare mas videos , responderé mas preguntas y sobre todo compartiré lo que se (aunque son pocos años de experiencia).

Conclusión

Los animes han sido una fuente de inspiración y motivación en mi vida profesional, siempre me han ayudado en algún problema que he tenido y es que siempre los tengo cerca cuando los necesito (youtube).

Seguiré entrenando día a día para crecer como profesional y poder compartir más con ustedes, y quien sabe en unos años , o no se cuantos años me demore haya encontrado la formula secreta para decir sueño cumplido (Miguel es el mejor contador del Perú ).


Me despidieron del trabajo ¿Es legal o Ilegal?

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Muchos quizás de nosotros, alguna vez nos hemos hecho esta pregunta, o quizás un amigo nos ha preguntado, “Me despidieron del trabajo ¿Es legal o Ilegal?“. Para responder esta pregunta primero hablaremos un poco sobre lo que viene hacer el despido, las faltas que pueden conllevar a esta decisión y que nos dice la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL).

¿Qué es el despido de un trabajador?

Primero que nada recordemos que cuando uno empieza a laborar en una empresa, inicia lo que se llama “vinculo laboral” (trabajador – empleador), el cual se da porque ambos llegaron a un acuerdo, que legalmente se refleja en un contrato escrito o verbal.

Entonces se puede decir que el “despido” es la rotura o extinción del vinculo laboral, que se da cuando el empleador toma la decisión de ya no seguir con esta relación trabajador y empleador.

Mencionamos la palabra “extinción”, dicho termino lo encontramos en la LPCL en el articulo 16º nos menciona las causas de la extinción laboral.

Clases de despido

Si leemos los artículos 22º – 31º de la LPCL, veremos que existen 3 tipos de despido:

a. Despido Justificado

La LPCL en sus artículos 23º y 24º divide las causas justas de despido en dos rubros para ser exactos, el primero que tiene que ver con la facultad física o mental y la segunda que tiene que ver con la conducta del trabajador.

b. Despido Arbitrario

Este tipo de despido se da cuando el empleador sin motivo alguno o falta justificada despide al trabajador. Dicho tipo de despido tiene una sanción que deberá pagar el empleador al trabajador denominado “indemnización”.

Para ser más precisos sobre el tema de indemnización, se pagará de acuerdo al tipo de contratación  laboral si es determinada o indeterminada.

1. Para los trabajadores contratados bajo modalidad determinado será 1 remuneración y media por cada mes faltante para el contrato.

Ejemplo:

Si el trabajador Miguel Torres es contratado por la empresa Los Watichurros  S.A.C, el 01/11/2011 con un contrato de 1 año, con una remuneración de S/. 5,500.00 mensuales. El 01/03/2012 decide despedirme sin motivo alguno, cuanto será la indemnización por despido arbitrario.

Remuneración: 5,500.00

Tiempo faltante para el término del contrato: 8 meses

Indemnización: 1 ½ por cada mes faltante

 = 5,500  x 8 x 1.5  = S/. 66,000.00

2. Para los trabajadores contratados bajo modalidad indeterminada será 1 remuneración y media por cada año laborado.

Ejemplo:

Si el trabajador Miguel Torres es contratado por la empresa Los adolecentes  S.A.C, el 01/12/2008 bajo la modalidad indeterminada, con una remuneración de S/. 2,800.00 mensuales. El 01/02/2011 decide despedirme sin motivo alguno, cuanto será la indemnización por despido arbitrario.

Remuneración: 2,800.00

Años laborados en la empresa: 3 años

Indemnización: 1 ½ por cada año laborado

 = 2,800  x 3  x 1.5  = S/. 12,600

c. Despido Nulo

Este tipo de despido nulo se da cuando el empleador no cumple con los procedimientos necesarios para el despido o no respeta las causales de despidos mencionadas en la LPCL

¿Cuál es el procedimiento para realizar un despido?

Dicho procedimiento se llevara a cabo cuando estemos bajo el tipo de despido justificado. Se entiende que el motivo del despido tiene que ver con la conducta del trabajador o capacidad.

Primer Paso.- Entregar una carta de preaviso de despido, en la cual se mencionara cual es la razón o fundamentos que conllevan a romper el vinculo laboral. El trabajador tendrá 6 días naturales para su descargo. En el caso de que se trate de una causa relacionada con la capacidad del trabajador el plazo será 30 días naturales.

Modelo Carta de Preaviso

Segundo Paso.- Luego de transcurrido el plazo el empleador debe entregar la carta despido al trabajador, indicando el motivo del despido y la fecha de cese. Lo recomendable es enviarlo por vía notarial.

Modelo Carta de Despido

Tercer Paso.- Entregar la liquidación al trabajador en un plazo máximo de 48 horas.

¿Qué puedo hacer si fui despedido arbitrariamente?

Si el despido es sin motivo alguno, o el empleador no realizo el procedimiento anteriormente mencionado estamos ante la figura de un despido arbitrario.

El trabajador tendría que iniciar una acción  judicial por la vía ordinaria laboral. Claro esta que el primer paso será acudir al Ministerio de Trabajo (Sunafil)

 

Tendré un hijo, ¿Que beneficios obtendré?

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Este fin de semana cuando todos gritábamos los dos goles de Perú, un amigo me decía, miguel en 1 semana quizás mi esposa dé a luz mi primer hijo, ¿Qué beneficio tendré con esto?, bueno mi primera respuesta fue “bueno ahora celebraras el día del padre”. Pero veamos laboralmente que pasa ante esta situación.

bebe

Licencia de Paternidad

La licencia de Paternidad es una ley nueva, que quizás muy pocos conocen, esta ley se dicto el 20/09/2009 mediante Ley Nº 29049. Esta ley concede al padre o futuro padre un permiso especial, en el cual se ausentara en su centro de labores por unos días para poder pasar ese tiempo con su familia (con su nuevo hijo). Esta ley implica a los trabajadores del sector público y privado.

¿Cómo funciona la Licencia de Paternidad?

La licencia por paternidad se le otorgara al trabajador que está a punto de ser padre (unos días antes o después del nacimiento). El tiempo que se otorgara será de 4 días hábiles consecutivos.

Una aclaración se contabilizaran los días que el trabajador normalmente asista a su centro de labores. El trabajador deberá informar al empleador con un plazo de 15 días con anterioridad para el permiso. También aplica para los trabajadores bajo la modalidad CAS.

Asignación Familiar

Otro beneficio laboral es el de la asignación familiar, para esto deberán llevar la partida de nacimiento o DNI de su menor hijo a su empresa (Recursos Humanos), para que puedan obtener dicha asignación. Dicha asignación es igual al 10% RMV (Remuneración Mínima Vital). Para este mes es de S/. 67.50.

Una aclaración, la asignación familiar es independiente del numero de hijo que pueda tener, quiere decir que solo recibirá ese monto así tenga 1 hijo o 4 hijos.

DerechoHabiente

No olvidar este detalle, es muy importante registrar a nuestro hijo como derechohabiente ante el essalud, con la finalidad que este acreditado y pueda atenderse ante el essalud.

Subsidio de Lactancia

Es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/. 820.00, por cada lactante.

¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?

  • Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se produjo el parto.
  • El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el parto.
  • El lactante debe estar inscrito como derechohabiente del asegurado.
  • Si la madre del lactante no es asegurada titular, deberá estar inscrita en EsSalud.
  • Si el lactante ha fallecido, antes de ser inscrito, corresponde efectuar la inscripción póstuma.

Asignación por Escolaridad

Este beneficio normalmente se aplica para el sector construcción, donde el peon, oficial o operario tienen derecho a percibir un monto de 30 jornales al año por hijo, cuando este empieza la etapa escolar (3 años – Inicial).

Posdata: El Martes 05 de Mayo estaremos dictando un curso sobre: “Calculo de Beneficios Laborales  2015” donde tocaremos mas afondo los beneficios de los trabajadores y derechohabiente, si te interesa te dejo el link (ver enlace)

Trabajo como Contador: 3 Herramientas para elaborar tu curriculum vitae

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Buscar trabajo es una de las tareas por la que todo trabajador ha pasado en algún momento de su vida profesional, y uno de los puntos claves es la elaboración del curriculum vitae.

Elaborar el curriculum vitae puede ser un dolor de cabeza ya que muchas veces no sabemos como elaborarlo o nos pones a buscar en google formatos y al final tenemos como 4 o 5 modelos y no sabemos que hacer.

Hoy quiero compartir 3 herramientas para elaborar tu curriculum vitae que yo utilice en mi época de trabajador, déjenme comentarles que siempre me gustaba llamar la atención desde el primer inicio, y el curriculum era una de mis herramientas que utilizaba con estas 3 herramientas:

1. Linkedin

Muchos deben conocer Linkedin, es una red social de profesionales, algo parecido a facebook, en linkedin compartes todo lo referente a tu vida profesional (estudios, experiencia, logros, proyectos, etc), a parte de ello tus contactos pueden validar tus datos.

cv

Lo bueno de linkedin es que te permite exportar en PDF tu hoja de vida con todos tus datos (una forma diferente de cv).

2. CVMaker

Es una plataforma virtual donde ingresaras tu datos manualmente, lo bueno de esta herramienta es que te permite importar tus datos de facebook o linkedin. Dicha plataforma tiene varios formatos para la elaboración de CV y tambien te permite exportar en PDF o Word.

curriculum

3. OnlineCVGenerator

Es algo parecido a la herramienta anterior, lo interesante es que no necesitas registrarte en la plataforma y al final de tu registro te permite exportar en formato PDF.

onlineCV

Conclusiones

a. Te recomendaría obligatoriamente tener una cuenta de linkedin, a parte de ello colocar tu “url personalizado” en tu curriculum vitae, de esta manera el seleccionador (encargado de selección) podrá ver tu curriculum en linea y vera tus recomendaciones (esto es recomendable cuando ya tienes cierto tiempo de actividad) .

b. En el caso que deseas elaborar un modelo de curriculum normal , te recomiendo la segunda herramienta, ya que te permite almacenar varios modelos en diferentes formatos.

c. Si deseas mejorar como profesional, pues únete a nuestro grupo de facebook Noticiero Contable, un lugar donde podrás realizar tus preguntas sobre temas contables (ingresar al grupo)

6 consejos si piensas renunciar a tu trabajo

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Miguel Torres es un trabajador que labora en una empresa de “Noticiero Contable”  y esta semana ha tomado la decisión de renunciar a su centro laboral. El día de hoy 08 de Mayo se acerca donde su jefe y le menciona su deseo de renunciar, a lo cual su jefe le da algunos consejos.

1. Gratificación. Renuncia siempre un fin de mes

Quien no ha tenido un jefe gritón, uno renegón, el jefe que deja mucho trabajo y paga poco. Si es tu caso te recomendaría “AGUANTE”, nunca renuncias fechas como 24, 27, 29 de un mes, porque estás perdiendo dinero (gratificación). Si tu renuncias por ejemplo el 08 de Mayo, dicho mes no ingresara  como mes trunco de tu gratificación (en el caso de las gratificaciones se computan meses calendarios completos). Por ende la recomendación para Miguel sería que renuncie por ejemplo el 31 de Mayo.

2. Essalud. Renuncia el primer día del mes siguiente

El seguro de essalud es un beneficio que tiene derecho todo trabajador que labora para una empresa, cuando renunciamos dicho seguro se pierde al mes siguiente del cese. Por ello si tú piensas renunciar este fin de mes por ejemplo, te diría “AGUANTE”, hazlo el 01 junio, porque al renunciar en dicha fecha, la empresa tendrá que declararte en su PLAME del mes de junio por solo un día, suficiente como para tener tu seguro activo hasta el 31 de Julio.

3. No Abandones. Renuncia siempre con una carta

Una mala costumbre de muchos trabajadores es abandonar el trabajo, y es que muchos trabajadores piensan que: “no pasa nada”. Lo recomendable siempre es renunciar mediante una carta con su cargo respectivo (con exoneración o no de los 30 días). Si tu presentas tu renuncia con exoneración de 30 días, la empresa tiene 3 días hábiles para aceptar dicha renuncia, de ser denegada tienes que laborar. En esos casos es mejor negociar la renuncia.

4. Liquidación. No te olvides de cobrarlo

Recuerda que todo trabajador tiene derecho a una liquidación de beneficios laborales, claro está si supero el mes de labor, independientemente el régimen laboral. La empresa tendrá como plazo 48 horas para el pago respectivo. No olvidar pedir tu carta de cese para retirar tu CTS acumulada en tu depositario.

5. Boletas de pago. No te olvides de tenerlas todas

Si tú has tomado la decisión de renunciar, revisa en tener todas tus boletas firmadas y archívalas, años posteriores cuando llegue tu momento de jubilación quizás te ayuden.

6. Sonríe. Todo lo aprendido

La parte feeling del artículo, recuerda todo lo que aprendiste, las metas que lograste, tus nuevos contactos, las metidas de pata, algún ascenso importante, etc. No olvides que la persona más importante de quien deberías despedirte último es tu jefe. Tu jefe pudo haber sido el ogro en persona, pero si está en ese puesto es por algo, así que trata de copiar todo lo bueno y que sea parte de tu know how.

Te recuerdo

a. El Sábado 16 de Mayo estaremos dictando un taller práctico sobre “Cálculo de Beneficios Laborales 2015″ a partir de las 3:00 pm, si estas interesado ingresar al siguiente enlace (link).

b. Únete a nuestro grupo de facebook “Noticiero Contable”, un lugar donde podrás consultar tus inquietudes y aprender de la experiencia de los 15,000 miembros que lo componen (ingresar).

Observaciones sobre el Régimen Especial de Renta. Trampa de la Sunat

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En el Perú existen 3 regímenes tributarios a la cual una empresa puede acogerse (Régimen General, Régimen Especial y Nuevo Rus).

sunat detraccion

En esta ocasión te voy a dar algunos detalles que quizas pasas por alto o por una mala asesoría puedes cometer en el caso de haber elegido el Régimen Especial de Renta para tu empresa.

Inicio de una empresa

Cuando hemos constituido una empresa (persona jurídica) o deseamos crear una empresa como persona natural, a la hora de sacar el RUC, el funcionario de Sunat nos preguntara el régimen tributario, si tu eliges el RER (Régimen Especial de Renta), ten en cuenta lo siguiente:

primera declaración es super importante y piensa en ella todos los días hasta su vencimiento.

A diferencia del régimen general y nuevo rus, el régimen especial de renta tiene un requisito especial (una trampa de la sunat). Veamos el inciso a) del artículo 119 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta:

El acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al período de inicio de actividades declarado en el Registro Único de Contribuyentes, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento, de acuerdo a lo señalado en el artículo 120º de esta Ley.

El artículo menciona que es necesario: declaración y pago, pero aparte de ello pone otro requisito necesario: que se efectué dentro de la fecha de vencimiento.

La pregunta es: ¿Porque es necesario la declaración y pago para la afiliación al régimen especial?, y ¿Qué pasaría si no cumplo con el requisito?


Para acogerte al RER, tienes que declarar y pagar tu primera declaración dentro del plazo de…
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Cambio al Régimen Especial de Renta

También puede darse la figura que estés pensando en cambiarte al RER (del Nuevo Rus al RER o del Régimen General al RER), en ese caso ten en cuenta lo que menciona el inciso b) del artículo 119 del TUO LIR:

El acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponda al período en que se efectúa el cambio de régimen, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento, de acuerdo a lo señalado en el artículo 120º de esta Ley.

Como pueden ver es el mismo requisito: declaración y pago. No olvidar que debes realizarlo dentro de la fecha de vencimiento.

Veamos algunos ejemplos de cuan importante es que tengamos en cuenta dicha requisito en nuestra cabeza y nunca nos olvidemos de decirle a un contribuyente cuando seamos asesores.

Caso Práctico: Régimen Especial de Renta

La empresa Miguel Torres (persona natural), inicia actividades el 01 de Diciembre del 2014, en el Régimen Especial de Renta. Miguel es consiente que su impuesto vence el 15 de Enero del 2015.

En el mes de diciembre Miguel vende cerca de S/. 45,000 , pero el 100% de todas las ventas son al crédito a 30 días. Miguel presenta su PDT 621 del período 12-2014 el mismo 15 de Enero de 2015, y todavía realiza el pago de renta un mes después el 15 de Febrero de 2015 (una vez que realiza su cobranza).

Solución

Este ejemplo es el típico caso de muchos contribuyentes, inician su empresa en el RER porque saben que no van presentar DJ Anual, y a parte solo llevan 2 libros contables, pero lo que ignoran es el requisito del artículo 119 del TUO LIR.

Miguel Torres, realizo su primera declaración 12-2014 en la fecha de vencimiento (correcto), pero lamentablemente no realiza el pago del impuesto a la renta (1.5%), por ende en concordancia con el artículo 119, Miguel esta pasando al Régimen General.

¿Régimen General?, es correcto, al no haber realizado correctamente el acogimiento al RER, pasa automáticamente al Régimen General, por ende la empresa Miguel Torres, tendrá que realizar su declaración anual por dicho mes.

¿Qué hace Sunat?

Sunat fiel a su estilo notifica al contribuyente varios meses después (objetivo: que pase el vencimiento de las declaraciones juradas anuales), te preguntaras ¿porque tanto se demora? la respuesta es sencilla, cuando te notifiquen que no has realizado el acogimiento al RER correctamente te va dar un regalo (multa por no haber realizado tu declaración jurada anual).

Pregunta: ¿Creen que de esta manera los pequeños contribuyentes tienen ganas de cumplir con sus obligaciones tributarias?

Hace poco leí un articulo de la jefa de la Sunat que decía: Ningún contribuyente cumplía con pagar las 72 cuotas del fraccionamiento.

Yo diría quien va pagar una multa, que te la ganas no por evadir impuestos , no por comprar facturas, no por clonar facturas de ventas, al contrario cumplo con mis obligaciones de realizar mis declaraciones, pero por un “requisito” que mas parece una “trampa con dolo” me gano una multa de 1UIT por no declarar la declaración de impuesto a la Renta.

Conclusiones

1. Si vas empezar tu empresa en el RER, no te olvides de la primera declaración (presentación y pago dentro del vencimiento).

2. De igual manera si piensas cambiar de régimen tributario, ten en cuenta que el acogimiento solo es con la declaración y pago del PDT 621.

3. Siempre se “hambriento”, muchas profesionales se contentan con una asesoría por teléfono, una consulta en orientación en sunat, otros con el consejo de un contador, te recomiendo siempre consultar con la mayor cantidades de opciones posible (come mucho).

4. Invitarte el Sábado 16 de Mayo al Taller Práctico “Calculo de Beneficios Laborales 2015”, donde te daré muchos tips de cómo reducir costos y calcular bien una liquidación (ingresa aquí).

¿Cómo volver a imprimir un Recibo por Honorario Electrónico de Sunat?

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La emisión de los recibos por honorario electrónicos es una novedad para este ejercicio 2015, si bien es cierto años atrás los contribuyentes podían afiliarse voluntariamente, pero desde 01 de Enero del 2015 se volvió obligatorio su emisión para las empresas retenedoras (Régimen General).


A partir del 01 de Enero de 2015 es obligatorio la emisión de RxH Electrónicos para empresas…
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Hace unos meses escribí un tutorial de cómo emitir un recibo por honorario electrónico desde la pagina de sunat (ver artículo).

Una pregunta que muy a menudo recibía en el blog era: Miguel como vuelvo a imprimir mi recibo por honorario electrónico (se cerro la venta, no lo imprimí, la empresa me lo esta volviendo a pedir …) los motivos eran muchos y sumarle a ello, era lo complicado para realizar dicho procedimiento (chicos y chicas recuerden no todos son profesionales, no todos tienen las facilidades de vivir en la capital de una ciudad).

Caso Práctico:

El día de hoy recibí un llamada de una asistente contable de la universidad continental, donde me pedía por favor que le vuelva a enviar mi recibo por honorario electrónico del mes de enero 2015 (porque se le había traspapelado).

Entonces lo primero que hay que hace es tener a la mano tu clave sol: RUC, Usuario y contraseña. (Una recomendación es cambiar estos datos a palabras mas fáciles, por ejemplo mi usuario es el nombre de perro y mi contraseña es el nombre de mi loro).

Luego que ingresamos al portal de clave sol, nos vamos a dirigir al menú: Comprobante de Pago – Recibo por Honorario Electrónico – Consulta para Emisores.

clave-sol

Luego tendrás una ventana de búsqueda, puedes realizar la búsqueda por el RUC del cliente o por fechas. Te recomiendo por fecha: Colocaras la fecha de inicio de búsqueda y la fecha de fin de búsqueda.

busqueda-fecha

Luego de ello el sistema te mostrara todos los recibos emitidos en dicho rango de tiempo. Solamente te queda buscar el recibo por honorario electrónico que busca y le das clic en el numero del recibo (E001-12).

resultado

Luego se te mostrará el recibo por honorario electrónico que deseas.

recibo-electrónico

Tienes 3 opciones: mandarlo a tu correo, imprimirlo o guardarlo en PDF.

impresión

No olvides

1. Cada vez que emitas un recibo guárdalo siempre en PDF en una carpeta de tu computadora, de esa manera no tendrás que hacer el proceso mencionado anteriormente, solo ir a tu carpeta y obtener tu recibo.

2. Si tu realizas tus recibos por honorarios en una cabina de internet, entonces envíalo a tu correo electrónico, y archívalas en carpetas en tu email.

3. También puedes imprimir tus recibos por honorarios y archivarlos en un file, si te pidieran nuevamente tu recibo, solo tendrías que escanearlo y enviarlo.

4. Si tienes más preguntas sobre este tema u otros temas, te invito a unirte a nuestro grupo de facebook Noticiero Contable (únete como miembro)

5. Recordarte que el Sábado 16 de Mayo a partir de las 3:00 pm estaremos dictando el taller práctico “Calculo de Beneficios Laborales 2015”, si deseas mas información ingresar aquí.

Cuida tu IGV: Cuidado con las facturas de almuerzos y fast food

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En las microempresa o pequeña empresas es muy común que cada mes los gerentes o accionistas de la empresas pidan facturas por sus “almuerzos, reuniones, etc” asumiendo que es crédito fiscal para la empresa y a la vez gasto.

En este artículo hablare acerca de la incidencia tributaria respecto al IGV, teniendo en cuenta que es el tributo que más se fiscaliza ¿Porque? porque es muy fácil poder perder el crédito fiscal (si no cumples con los requisitos formales y sustanciales)

Requisitos Sustanciales

En el artículo 18 del TUO de IGV menciona en su inciso a) :

Tratándose de gastos de representación, el crédito fiscal mensual se calculará de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Reglamento.

Notar que se habla de crédito mensual , y este se calculara de acuerdo a lo que mencione el reglamento. Ojo no se habla de cálculos anuales si no mas bien mensual.

En el numeral 10 del artículo 6 del Reglamento del IGV menciona:

Los gastos de representación propios del giro o negocio otorgarán derecho a crédito fiscal, en la parte que, en conjunto, no excedan del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos acumulados en el año calendario hasta el mes en que corresponda aplicarlos, con un límite máximo de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias acumulables durante un año calendario.

Quizás muchos de ustedes conozca este artículo, pero veamos si lo están aplicando correctamente. Notar que el calculo del 0.5% de los ingresos brutos se realiza hasta el mes que corresponda aplicarlos (esa es la clave del calculo), un concepto erróneo es realizar el calculo anual.

Para poder entenderlo mejor, vemos 1 caso práctico que estoy seguro que te vas a sentir identificado.

Caso Práctico: Facturas de Restaurante

1. Miguel Torres es un joven empresario el cual en el mes de Enero 2015 solicito factura por consumo en restaurantes. El monto solicitado en Enero 2015 es de S/. 250.00 (factura de consumo). Sus ingresos brutos por ventas del periodo de Enero 2015 fueron S/. 15,800. ¿Veamos la respuesta del fiscalizador de sunat en el cálculo del IGV de Enero 2015?.

igv-reparación

Como se puede ver en la solución, Miguel Torres no puede usar el crédito fiscal del los S/. 250 soles por consumo de restaurante porque excede el monto permitido. Por lo tanto tendrá que reparar el crédito fiscal S/. 30.78

Y como puede solucionar el problema del IGV

Quizás tu digas la solución es fácil: ya no voy a registrar mas facturas de consumo, de esa manera en el calculo anual de los ingresos brutos (0.5%) ya no excederá el limite.

Déjame decirte que no es posible, ya que el reglamento lo menciona claramente:

Los gastos de representación propios del giro o negocio otorgarán derecho a crédito fiscal, en la parte que, en conjunto, no excedan del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos acumulados en el año calendario hasta el mes en que corresponda aplicarlos

Como puedes notar el calculo del limite se realiza hasta el mes de su aplicación, significa que si utilizaste el crédito en enero , el calculo se hace hasta enero. Si tu quieres usar el crédito fiscal en setiembre , tienes que hacer el calculo hasta setiembre.

En conclusión Miguel Torres tendrá que rectificar su declaración de Enero 2015, pagar el crédito no aceptado y la multa por datos falsos.

Conclusiones

1. El análisis de los impuestos no se hace todos los años en enero – marzo por la declaración jurada anual, se tiene que hacer todos lo meses en especial del IGV.

2. Ya tienes tarea después de leer el artículo , revisa tus declaraciones mensuales y analiza el limite mes por mes, esperando que no te hayas excedido.

3. Recuerden que el tema de IGV es uno de los tributos que en el 2015 se va fiscaliza más ¿porque?, la respuesta es: libros electrónicos; tú estas mandando cada mes tus comprobantes de gasto de representación (consumo de restaurantes, fast food, etc), para sunat va ser sencillo aplicar la formula.

4. Te comento que el Miércoles 03 y Jueves 04 de Junio estaremos dictando un taller sobre “30 Casos Prácticos de IGV”, donde te mencionare diferentes tipos de casos con respecto al IGV, en resumen ¿Cómo cuidar tu IGV? (informes del taller)


Cuida tu IGV: Cuidado cuando vendes un Activo Fijo

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Quien no ha comprado una computadora y a los 4 meses ya esta funcionado mal, quizás una impresora que imprime mal, un vehículo chino con repuestos caros y que no se encuentran … en muchos casos solo queda venderlos por debajo del costo para recuperar algo de la inversión.

Si lo que te he mencionado te suena familiar o quizás tu empresa ha realizado una operación de compra y venta de activo fijo (computadora, maquinaria, vehículos, etc) sabias que tienes que: ¿Reintegrar el Crédito Fiscal?

Reintegro del Crédito Fiscal

La palabra reintegro, es sinónimo de “reembolsar” o “devolver”, pero ¿Qué vas a devolver? vas devolver el crédito fiscal (IGV) utilizado. Veamos que menciona el artículo 22 del TUO del IGV:

En el caso de venta de bienes depreciables destinados a formar parte del activo fijo, antes de transcurrido el plazo de dos (2) años de haber sido puestos en funcionamiento y en un precio menor al de su adquisición, el crédito fiscal aplicado en la adquisición de dichos bienes deberá reintegrarse en el mes de la venta, en la proporción que corresponda a la diferencia de precio.

Un ejemplo pequeño: Si tu compras una laptop a 2,000 soles más IGV y luego de 10 meses lo vendes a 1,500 soles más IGV, vas a tener que reintegrar la diferencia de IGV (2,000 – 1500)* 18%.

Notar que la norma menciona activo fijo, se entiende que si tú empresa comercia computadoras no te aplicaría , ya que las computadoras seria tu mercadería.

El punto clave de esto es cuando tu has registrado como activo fijo (cuenta 33 del plan contable).

¿Pero como se realiza el Reintegro del Crédito Fiscal?

Quizás tu digas Miguel esta sencillo , ya lo entendí. Bueno ahora yo te preguntaría y como hacemos el reintegro como vamos hacer la declaración mensual , como lleno en el PDT 621.

Vamos a realizar un caso práctico un poco complicado para entenderlo mejor.

Caso Práctico: Reintegro de Crédito Fiscal

El 02 de Febrero, la empresa Noticiero del Contador SAC adquirió la nueva Mac Pro por un valor de S/. 5,870 más IGV. Sin embargo el 10 de Mayo, dicha computadora fue vendida al socio Miguel Torres por un valor de S/. 1,500 más IGV.

Un dato extra son las ventas y compras del mes de Mayo:

Ventas: 5,000 más IGV
Compras: 2,000 más IGV

Analicemos el caso del reintegro y como realizaremos nuestra declaración.

reintegro-igv

Ya hemos calculado el valor del reintegro del crédito fiscal, ahora la pregunta es como lo vamos a reflejar en la declaración. Para esto primero vamos a leer el inciso 3 del artículo 6 del Reglamento del IGV:

… El mencionado reintegro deberá ser deducido del crédito fiscal que corresponda al período tributario en que se produce dicha venta. En caso que el monto del reintegro exceda el crédito fiscal del referido período, el exceso deberá ser deducido en los períodos siguientes hasta agotarlo. La deducción, deberá afectar las columnas donde se registró el Impuesto que gravó la adquisición del bien cuya venta originó el reintegro.

La norma menciona 2 puntos muy importantes si no los has notado:

  • El Reintegro debe realizarse en el período que se realiza la venta.
  • El Reintegro debe deducirse del crédito fiscal del período.

Veamos como calculamos en nuestro caso práctico:

credito-mayo

Como se nota en el caso que el valor del reintegro sea mayor al crédito fiscal del periodo, tendremos que declarar en “cero” y seguir arrastrando para el siguiente período (en base al artículo antes leído).

Descargar Archivo

Comparto el archivo en excel sobre caso práctico de reintegro de crédito fiscal. Si deseas descargarlo solo dale clic en “recomendar”.

Conclusión

1. Analiza muy bien cuando vendas un activo (si están dentro de los 2 años).

2. El calculo del reintegro se realiza en la fecha de venta.

3. Si no has realizado el reintegro en un periodo pasado, no puedes hacerlo en ahora, tienes que rectificar tu declaración y hacerlo en el período de venta.

4. Si el valor de compra y venta son iguales, no hay reintegro de crédito fiscal.

5. Mencionarte que también hay reintegro de crédito fiscal en el caso de perdida de mercadería o quizás desaparición (es un tema más amplio aun porque hay que leer TUO LIR).

6. Si estas interesado en saber mucho más del reintegro del IGV, como se aplica en caso de permutas, IGV no domiciliado, IGV anticipos, y muchos más te invito al taller práctico “30 Casos Prácticos de IGV” que lo realizaremos en 2 días: Miércoles 03 y Jueves 04 de Junio, más informes (ingresar aquí).

Baja de Comprobante de Pago autorizados por Sunat

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Muchas veces por descuido extraviamos nuestros comprobantes de pago o quizás sufrimos un robo de terceras personas, el punto es que ya no tenemos en nuestro poder nuestros comprobantes de pago (facturas, recibos x honorarios, boleta de ventas, guías, etc).


Si extravías un comprobante de pago, realiza tu baja de comprobante en el portal de Sunat
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Si alguna vez te pasará algo parecido a lo mencionado, solo tienes que hacerte una pregunta muy importante: ¿El comprobante extraviado estaba emitido o en blanco?. Esta pregunta es clave para realizar el procedimiento correcto.

Comprobante de Pago no Emitido

Miguel Torres revisando el talonario de boletas de ventas de la empresa Noticiero Contable SAC, se da cuenta que al correlativo le falta una boleta: (001-00049), lo más probable es que lo haya extraviado (lo mismo se aplica si fuera una factura, recibo por honorario, guía de remisión, etc)

¿Qué tienes que hacer?

Lo primero que tienes que hacer es buscar tu clave sol de tu negocio (Ruc – Usuario – Contraseña), luego debes ingresar a la web de Sunat (www.sunat.gob.pe), luego de ello ingresaras a operaciones en línea.

Lo segundo es ingresar en la opción: Comprobantes de Pago / Cancelo mis Comprobante de Pago / Formulario 855

baja de comprobante

Luego nos mostrara 3 opciones para elegir, ten en cuenta que cada opción es para un acontecimiento diferente:

opcion-baja

1. Baja de Serie, esta opción la vas aplicar cuando deseas dar de baja un establecimiento, para dar de baja un establecimiento primero tienes que dar de baja la serie que esta vinculado al local (0001, 0002, 0003 …).

2. Baja de Comprobante, esto se aplica justamente para el ejemplo que estoy haciendo (perdida de comprobante).

3. Cancelación de Autorización, esto se aplica cuando por ejemplo vas a una imprenta y solicitas 4 millares de boleta de venta y se equivocan en los números telefónicos o alguna referencia, entonces pueden cancelar la autorización y solicitar una nueva.

Para nuestro ejemplo, elegiremos la opción: Baja de Comprobante

Luego de ello tendremos que llenar un pequeño cuestionario, muy fácil:

datos-baja

a) Motivo de la Baja, señalaremos el porque , viene algunas opciones, en nuestro caso elegiremos: Robo – Extravió

motivo-baja

b) Luego colocaremos la fecha del evento (perdida del comprobante).

c) Luego detallamos el comprobante de pago extraviado.

Una vez que ingresamos los datos, le damos clic en el botón “aceptar”.

El sistema nos mostrará una vista previa del comprobante a dar de baja, si es correcto, volveremos a dar clic en el botón “aceptar”

pre-baja

Finalmente obtendremos una constancia del comprobante de pago dado de baja. Lo imprimimos y lo archivamos junto con nuestros comprobantes.

constancia-baja

Comprobante de Pago Emitido

Si extraviaras tu talonario de facturas por ejemplo emitidos, en este caso el procedimiento es distinto. Lo primero que tienes que hacer es recordar los montos girados en cada factura emitida. Luego de ello tienes que hacer dos cosas:

  • Realizar tu denuncia policial por el extravió y/o robo de la facturas (en la denuncia tienes que detallar los comprobantes).
  • Presentar en mesa de parte de Sunat un escrito detallando lo sucedido adjuntando la denuncia policial.

Tener en cuenta que para este procedimiento hay un plazo máximo de 15 días hábiles de haber sucedido el hecho.

Conclusiones

1. Este procedimiento es uno de los más “peligrosos” (tragedia) que puede realizarse mediante la clave sol, porque si tu no sabes muy bien como hacerlo , sin querer queriendo (como decía el chavo), puedes dar de baja comprobantes emitidos a tus clientes, dar de baja una serie de comprobantes activos (en uso), ten mucho cuidado !!!

2. Si se te pierde una factura o tu talonario de recibo por honorario, HAZ TU BAJA DE COMPROBANTES, uno nunca sabe quien lo pueda usar de una manera incorrecta. Te imaginas que utilicen tu talonario de factura para dar crédito fiscal a una empresa.

3. No olvides de realizar la denuncia policial en el lugar donde ocurrió el echo, no es en la comisario que esta cerca de tú empresa.

4. Siempre trata de apuntar o pasar tus talonarios de ventas a un registro electrónico (software, excel, base de datos, etc).

5. Invitarte a nuestro grupo de facebook Noticiero Contable, un lugar donde podrás realizar todas tus consultas, compartir lo poco o mucho que sabes con otros miembros del grupo, así que si eres de las personas que te encanta la contabilidad te espero personalmente para platicar un poco (ingresar al grupo).

¿Como registrar la situación educativa de los trabajadores en el T-Registro?

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Muchos de ustedes que manejan el t-registro a diario , se habrán dado cuenta que ahora es obligatorio registrar la situación educativa de los trabajadores.

Además tener en cuenta que para el caso de trabajadores antiguos (antes del 01 de julio 2014) tenemos el trabajo de actualizar dicha sección “situación educativa” el plazo máximo es el 31 de Mayo de 2015.


Tienes hasta el 31 de Mayo para actualizar la situación educativa de tus trabajadores
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Veamos como actualizamos la data de nuestros trabajadores y tratare de dar respuesta a muchas consultas que me han hecho llegar a la pagina web.

Situación Educativa

Para empezar lo primero que necesitamos es la clave sol de la empresa y los datos que vamos a actualizar, en algunos casos necesitaremos información especifica.

En la primera parte es general para todos los casos, lo primero ingresar a sunat operaciones en línea y situarnos: Mi Ruc y Otros Registros / Registro Individual

t-registro

Se nos mostrará todos los trabajadores que tenemos activo en nuestra base de datos. Luego de ello ingresaremos en la opción “modificar” del trabajador a llenar sus datos.

trabajadores

Ingresaremos en la pestaña “Trabajador” y nos ubicaremos en la sección: Situación del Trabajador.

situacion-educativa

En esta parte elegiremos la situación educativa actual del trabajador, el sistema nos mostrará algunas opciones:

opcion-educacion

Una característica particular es que las opciones de la segunda parte necesitan datos extras.

profesion-educacion

Diferentes tipos de opciones

1. Un trabajador con Secundaria Incompleta

Si vas actualizar la data de un trabajador cuya situación educativa es solo secundaria incompleta, bastara con seleccionar dicho opción y dar al botón “Grabar”

secundaria-incompleta

2. Un trabajador con educación Técnica Completa

Una aclaración esta opción no se aplica para los trabajadores que hayan tenido estudios en un instituto. Se aplica para trabajadores que son técnicos en una especialidad (carreras cortas de 6 o 9 meses), en otras palabras no obtienen un titulo a nombre de la nación.

tecnico-completo

En los casos antes mencionado, así como los casos: primaria, secundaria y técnica no te pedirá datos adicionales. Solo necesitas grabar los cambios y eso será todo.

grabar-datos

3. Un trabajador universitario “Titulado”

En este caso señalaremos la opción de Titulado (tiene un titulo a nombre de la nación), luego de ello el sistema no pedirá la información de la universidad, profesión y año de egreso.

titulado

Como podemos observar debemos elegir si el trabajador es titulado universitario o de instituto.

universidad

Luego tendremos que marcar si estudio en el país y si la universidad es publica o privada.

universidad-profesion

Para finalizar la universidad, profesión y año de egreso. Luego le damos clic en aceptar. El sistema grabara la información.

Una dato extra

Quizás tú me digas Miguel yo tengo 100 trabajadores en mi base de datos y no se a cual le falta actualizar sus datos de situación educativa. Bueno no te preocupes, siéntate tomate una tasa de chocolate y lee con atención lo siguiente:

Vas a ir a la opción: Consultas y Reportes

t-registro

Luego de ello te vas a la parte de “Descarga” y vas a marcar la opción: “Datos de situación educativa – Pendientes (SEP)” y luego en el botón “Registrar Pedido”.

descarga

Te arrojara un mensaje.

mensaje

Luego verificaras en la parte inferior que se registra el pedido, tendremos que esperar unos minutos o en algunos casos horas hasta que el sistema nos arroje nuestro reporte.

ticket

Luego de esperar un tiempo, tendremos la opción para descargar un archivo “zip” que contiene un archivo txt.

reporte

Recomendación no lo abras como texto, si no ábrelo con excel, veras que lo visualizaras mucho mejor.

reporte-2

En dicho reporte veras los trabajadores que te faltan actualizar su situación educativa con el estado “0”.

Preguntas Frecuentes

  • En caso que el trabajador tenga mas de una carrera universitaria, el sistema te permite registrarlo.
  • No es necesario ingresar datos de estudios de la primera, secundaria, instituto. Prioriza los estudios de mayor grado.
  • Si un trabajador luego de unos años informa una nueva profesión o un grado nuevo, la empresa debe agregar dicha información al T-Registro.
  • En el caso de los trabajadores cesados, no es necesario actualizar dicha información.

Conclusiones

1. Tu plazo máximo para actualizar la situación educativa es hasta el 31 de Mayo y evita las sanciones que pueden ir desde 25%  1 UIT hasta 50 UIT.

2. Modifica tu ficha de registro de trabajadores , donde debes añadir la sección “Situación Educacional”

3. Una nueva medida para las empresas será pedir curriculum documentados, de esa manera tendrá ala mano la información.

4. Invitarte al taller práctico “30 Casos Prácticos de IGV” que lo realizaremos en 2 días: Miércoles 03 y Jueves 04 de Junio, más informes (ingresar aquí).

Consulta Ruc Sunat ¿Para que sirve?

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Una de las herramientas que usamos muchos contadores e incluso abogados es la opción de “Consulta Ruc Sunat”, ingresando tan solo el ruc de un contribuyente podemos obtener una valiosa información.

Es posible que tu la conozca al reves y al derecho, pero déjame decirte que la información que se obtiene puede ayudar a tomar una buena decisión para ti como empresa o como trabajador.

consulta-ruc

Para ingresar a la sección consulta ruc, solo debemos ingresar a la siguiente dirección:

http://www.sunat.gob.pe/cl-ti-itmrconsruc/jcrS00Alias

1. Si tu eres un Trabajador

Si tú eres un estudiante o ya egresado profesional que está con todas las ganas de empezar a trabajar, esta herramienta te va ayudar mucho, ¿Cómo te ayudará? , a que te llevas una mala experiencia.

Te gustaría trabajar en una empresa que tenga las siguientes características:

  • No paga tu pensión (ONP o AFP)
  • No realiza tus aportaciones al Essalud
  • Tiene cobranza coactiva por parte de Sunat (cuentas embargadas)

Todo lo mencionado anteriormente lo puedes prevenir, vamos hacer una pequeña simulación de un chavo que esta buscando trabajo:

Miguel Torres es una chavo que cursa el 2do ciclo de la universidad, el tiene la idea de empezar a vivir solo, por ende esta buscando empleo. Miguel ha sido seleccionado para una entrevista.

Para tener una idea de dichas empresas, Miguel va utilizar la herramienta “consulta ruc” para saber un poco más y obtiene el siguiente resultado.

deuda-coactiva

Como puedes observar, no es muy alentador dichos resultados, es una empresa que no realiza las aportaciones de essalud a sus trabajadores.

2. Si tu eres una Empresa

Si tu eres una empresa, creo que es una herramienta que debes utilizar todos los días ¿Porque?, que pasaría si le compras a una empresa con condición “No Habido”, sabrás que no puedes usar el crédito fiscal y mucho menos el gasto.

no-habido

Supongamos que tu estas negociando como vendedor con un potencial cliente, que te menciona que tiene 5 sucursales de su negoció, con mas de 50 trabajadores en planilla y un nivel de ventas de mas de 2 millones de soles al mes.

¿Qué hago como vendedor?

Vamos a validar si es cierto todo lo mencionado por el cliente:

– Menciona que tiene 5 sucursales :

Según la opción de consulta ruc, solo tiene 3 sucursales.

establecimiento-sunat

– Menciona que tiene 50 trabajadores

Según la opción de consulta ruc, no tiene trabajadores.

sunat-trabajadores

Como puedes ver dicha información te puede dar una idea de la veracidad de la información mencionada.

3. Si tu eres una chava

Muchas veces los chicos son muy inteligentes en decir mentiras con el fin de impresionar a una chava.

Supongamos que Miguel Torres conoce una chava muy guapa que le dice: Déjame decirte que soy un chavo muy sencillo, actualmente soy dueño de 2 empresas y creo que tú me podrías ayudar mucho en su manejo.

¿Qué hace la chava?

Investiga la empresa para verificar si Miguel es dueño de la empresa:

sunat-dueño

Como se observa el ser apoderado de una empresa, no significa ser dueño, por ende la chava no caerá en ese truco.

Conclusiones

1. Es una herramienta que te recomiendo que la uses siempre que desees saber un poquito más de una empresa o de una persona.

2. Siempre que realices compras con proveedores “dudosos”, es bueno que verifiques como es su situación de la empresa en Sunat (un print del resultado).

3. Invitarte a nuestro grupo de facebook Noticiero Contable, un lugar donde podrás realizar todas tus consultas, compartir lo poco o mucho que sabes con otros miembros del grupo, así que si eres de las personas que te encanta la contabilidad te espero personalmente para platicar un poco (ingresar al grupo).

¿Cómo dar de baja un establecimiento registrado en Sunat?

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Muchas empresas a parte de su domicilio fiscal tienen otros establecimientos donde realizan ciertas actividades (local comercial, bodega, oficinas, etc). Estos establecimientos así como se aperturan tambien se dan de baja por algún motivo.


Antes de dar de baja un establecimiento registrado, primero tienes que dar de baja la serie asignada
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En este artículo te enseñare los pasos para dar de baja un establecimiento registrado en la ficha ruc de tu empresa.

Como dar de baja un establecimiento

Lo primero que tienes que hacer es tener a la mano los comprobantes de pago emitidos de dicho establecimiento. Por ejemplo quizás hayas emitidos boletas de ventas, facturas, guías de remisión, etc.

Una vez que tengas dichos documentos a la mano, te explicare:

Tendremos que dar de baja la serie asignada (comprobantes de pago), este paso es muy importante ya que si no lo hacemos bien, no podremos dar de baja el establecimiento.

El objetivo en este punto es dar de baja los comprobantes de pago en blanco que poseemos de la serie del establecimiento. Es por ello que si tu tienes facturas, boleta de venta, guías de remisión, etc, tenlo todo ordenado para hacerlo más facil.

Segundo ya daremos de baja el establecimiento, este punto es muy fácil solo necesitaras un dato: la fecha hasta que estuvo operativo. Por ejemplo cierras un local comercial por que no te renovaron el contrato de alquiler, colocaras el último día que atendiste al publico o que estuvo operativo.

Procedimiento de baja de un establecimiento

Primero visualizaremos que el establecimiento pertenezca a la empresa, en este caso daremos de baja el establecimiento cuyo código 005.

establecimiento

Luego tenemos que dar de baja la serie del establecimiento, para ello ingresaremos en el formulario 855 Baja y Cancelación de autorización.

baja de comprobante

Marcaremos la primera opción, Baja de Serie y colocaremos la serie del establecimiento. En nuestro ejemplo es 005.

baja-serie

Luego de ello el sistema nos mostrara los comprobantes de pago emitidos por dicha serie. En nuestro caso solo tenemos boleta de venta.

comprobante-baja

Seleccionaremos la opción Boleta de Ventas, marcaremos la opción “NO”, ya que tenemos boletas de venta en blanco y colocaremos el tramo de boletas (boletas de ventas no usadas o en blanco).

boleta-baja

Luego de ello daremos clic en el botón aceptar y finalmente obtendremos la constancia de baja de la serie.

constancia-baja

Una vez terminada la baja de la serie, nos iremos a la sección de Ficha Ruc.

ficha-ruc

Buscaremos la sección: Establecimiento Anexos (en la parte final).

ruc-establecimiento

Seleccionaremos el establecimiento a dar de baja y daremos clic en “dar de baja”.

baja-establecimiento

El sistema nos solicitara la fecha hasta cuando estuvo vigente el establecimiento y le daremos en el botón “aceptar”.

fecha-baja

Luego de ello volveremos a la pantalla anterior y veremos que el establecimiento viene con la opción ya para dar de baja, finalmente daremos en el botón aceptar.

baja-final

Para verificar que hemos realizado todo bien, volveremos a consultar los establecimientos de la empresa (como notamos ya no figura).

establecimiento-baja

Conclusiones

1. Todo el procedimiento debe realizarse utilizando el navegador de Internet Explorer, ya que con otro navegador no se podrá guardar la última opción.

2. Antes de dar de baja la serie, revisa muy bien los comprobantes emitidos y los que han quedado en blanco, ya que esa información será rellenada a la hora de dar de baja la serie.

3. Una interrogante que me he preguntado desde hace meses es: ¿Qué hará Sunat cuando internet Explorer desaparezca? Como un hacking de la tecnología, te comento Internet Explorer ya esta sentenciada a desaparecer, el nuevo explorador que usará Microsoft será  Microsft Edge.

¿Como hacer crecer tú estudio contable?

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Hace 1 mes escribí un articulo recomendando 2 herramientas para un mejor manejo de las declaraciones mensuales – PDT (ver el artículo). Esta vez te voy a recomendar una herramienta que sin duda le dará una mejor imagen a tu estudio contable, en especial si estas empezando o llevas poco tiempo en tu negocio.


Por tan solo S/. 8.00 soles mensuales puedes obtener tu email corporativo para tu estudio contable
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Correo Electrónico Corporativo

Una herramienta muy importante que utilizamos en nuestro negocio es el “Correo Electrónico” , desde mandar una cotización, responde consultas de nuestros clientes, colocarlo como contacto en nuestras tarjetas personales, etc.

Muchos estudios contables actualmente manejan correos electrónicos creados en servicios como: hotmail.com, gmail.com y yahoo.es, como por ejemplo:

estudiocontabletributariomiguel@hotmail.com

asesoriacontableytributariolopez@gmail.com

Si bien es cierto son correos electrónicos que funcionan muy bien, pero si los comparamos con los siguientes ejemplos:

miguel@estudiomedrano.com

mflores@asesoriaguzman.com

La respuesta creo que será unánime, los correos corporativos le dan cierto beneficio a tu negocio:

  • Exclusividad, porque llevara el nombre de tu empresa.
  • Credibilidad, un email corporativo le da más confianza a tu potencial cliente.
  • Marketing, porque de esa manera tu empresa se hace mas conocida.

¿Cuánto cuesta un email corporativo?

Quizás digas: Miguel si suena interesante pero el problema es el dinero, tener un email corporativo es caro, y recién esto empezando mi negocio como para pagar uno.

Te lo voy a decir de frente y sin mucho floro (jerga peruana), el costo mensual es: S/. 8.00 soles incluido IGV. Así como lo lees, solo 8 soles mensuales incluido IGV.

Aparte si no te has dado cuenta, significa que recibirás una factura con crédito fiscal y podrás utilizar el gasto.

¿Cómo lo vas usar?

Es muy sencillo, lo puedes usar desde tu computadora y/o desde tu celular. Significa que podrá tener acceso a tu correo corporativo las 24 horas del día.

email-corporativo

¿Como lo adquieres?

Si estas interesado en implementar dicha herramienta para tu estudio contable solo envía un correo solicitando información sobre el servicio.

Email: web@noticierocontable.com

Para poder ayudarte un poquito, tienes un descuento adicional del 5% del monto, si mencionas que vienes de parte de Noticiero Contable.

Cuida tu IGV: Retiro de Bienes para fines promocionales

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El día de ayer estuve de compras en Vivanda, y lo que más me encanta hacer es buscar a las chicas impulsadoras para probar lo que ofrecen (un pre desayuno).

Luego de realizado mis compras me puse a pensar ¿La empresa pagara impuestos por las botellas de yogurt que entrega a los clientes? ¿Será gasto de representación? ¿Pagará IGV por el retiro de bienes? ¿Si invito a salir a la impulsadora, me diría que sí? …. fueron muchas preguntas, pero veamos la incidencia tributaria.

Entrega de Bines Promocionales (Degustación)

Incidencia sobre el IGV

Te voy hacer una pregunta ¿Qué grava el IGV?, esto es lo básico que debes saber en forma general, si no te acuerdas, recuerda las vocales (son 5 vocales):

a. La Venta – Retiro de Bienes
b. La prestación de Servicios
c. Los contratos de construcción
d. La 1ra venta de inmuebles que realicen los constructores
e. La importación de bienes

Si analizamos el caso , lo que hace la empresa es producir botellas de Yogurt y los obsequia para probar (eso califica como retiro de bienes). Veamos que dice la normatividad, en el inciso c) del artículo 2 del Reglamento del IGV:

No se considera venta, los siguientes retiros:

… La entrega a título gratuito de bienes que efectúen las empresas con la finalidad de promocionar la venta de bienes muebles, inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción, siempre que el valor de mercado de la totalidad de dichos bienes, no exceda del uno por ciento (1%) de sus ingresos brutos promedios mensuales de los últimos doce (12) meses, con un límite máximo de veinte (20) Unidades Impositivas Tributarias. En los casos en que se exceda este límite, sólo se encontrará gravado dicho exceso, el cual se determina en cada período tributario. Entiéndase que para efecto del cómputo de los ingresos brutos promedios mensuales, deben incluirse los ingresos correspondientes al mes respecto del cual será de aplicación dicho límite.

La norma menciona una palabra muy importante “promocionar”, si el motivo, del retiro del bien es promocionar una futura venta no estará gravado con IGV en la parte que permite la norma.

Otro aspecto importante es la palabra “valor de mercado”, quiere decir que se tomara este valor de los productos entregados, comparando con el limite permitido.

Esto último mencionado lo podemos validar leyendo el articulo 15 del TUO del IGV:

Tratándose del retiro de bienes, la base imponible será fijada de acuerdo con las operaciones onerosas, efectuadas por el sujeto con terceros, en su defecto se aplicará el valor del mercado.

Completando la Casuística

La impulsadora nos menciona que durante el presente mes ser repartieron 4,000 botellas de yogurt, cuyo valor de mercado es S/. 3.50 cada botella. Por otro lado nos menciona que los ingresos brutos promedio de los últimos 12 meses es S/. 350,000.

retiro-bienes

El registro contable del IGV gravado por el retiro de bienes con fines promocionales será:

asiento-contable

Conclusiones

1. El punto clave es que tú puedas diferenciar cuando se trata de una operación de gasto de representación, una promoción, una bonificación, cuando es una condición de trabajo (en el caso de retiro de bienes).

2. Por ejemplo, el dueño de la empresa (Grupo Electra) se lleva un televisor a su domicilio, deberá grabar con IGV dicha operación. Que pasa si les doy uniformes a mis trabajadores, estará afecto al IGV dicha operación.

3. Si estas interesado en saber mas sobre el IGV, te comento que hoy Miércoles 03 y el Jueves 04 de Junio estaremos dictando un taller sobre “30 Casos Prácticos de IGV”, donde te mencionare diferentes tipos de casos con respecto al IGV, en resumen ¿Cómo cuidar tu IGV? (informes del taller)


Los trabajadores de las Mypes pueden vender sus vacaciones

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Como sabemos los trabajadores regulados por el régimen laboral general una vez cumplido el requisito de haber laborado 1 año, tienen derecho a 30 días de vacaciones. El trabajador tiene la opción de vender 15 días de sus vacaciones. El articulo 19 del Decreto Legislativo 713 menciona:

El descanso vacacional puede reducirse de treinta a quince días, con la respectiva compensación de quince días de remuneración. El acuerdo de reducción debe constar por escrito.

Notamos que puede venderse hasta 15 días del descanso vacacional como máximo, y ademas debe constar por escrito dicho acuerdo. Tener en cuenta que es el Trabajador quien solicita la venta de sus descanso vacacional al empleador. Es decisión del empleador aceptar la solicitud o no hacerlo.

Las Mypes

Las empresas Mypes pertenecen a un régimen especial laboral, donde encontramos 3 categorías (Ley 30056), pero hablaremos solo de dos: Microempresa y Pequeña Empresa.

En ambos casos un trabajador que labora para una microempresa o pequeña empresa tiene como beneficio 15 días de vacaciones por cada año laborado.

¿Pueden vender sus vacaciones?

Una pregunta muy a menudo es si los trabajadores que laboran para una empresa registrada como mype pueden vender sus vacaciones, para ello revisemos el articulo 37 del Decreto Supremo 008-2008:

Los trabajadores de la micro y pequeña empresa pueden acordar reducir el descanso vacacional de quince (15) a siete (7) días calendario por cada año completo de servicios, recibiendo la respectiva compensación económica. Dicho acuerdo es individual y debe constar por escrito.

La respuesta es SI, un trabajador que labora para una Mype, puede vender hasta 8 días de sus vacaciones. Notamos que dicho acuerdo debe constar por escrito.

Descargar Archivo

Comparto un modelo de compra de vacaciones para sus trabajadores. Si deseas descargarlo solo dale clic en “recomendar”.

Conclusiones

1. Un trabajador del régimen laboral general, puede vender hasta 15 días de sus vacaciones.

2. Un trabajador que labora para una empresa registrada como mype solo puede vender 8 días.

3. En ambos casos debe haber un acuerdo entre las partes y reflejado en un pacto o contrato.

3 Recomendaciones para incrementar tus clientes para tu Estudio Contable

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Una meta o un sueño para todo profesional que estudia contabilidad, es sin duda tener su estudio contable (su propia empresa de consultoría). Un factor importante para tu estudio contable son los clientes, un estudio contable no puede existir si no hay clientes.

estudio-contable

Conseguir clientes es un problema muy a menudo para los estudios contables, teniendo en cuenta que la carrera de contabilidad es una de las profesiones de mayor demanda en el Perú (mucha competencia).

¿Cuál es la situación actual de tu estudio contable?

Si tu ya tienes tu estudio contable es probable que ya tengas algunos clientes, déjame decirte que ya tienes una ventaja enorme sobre tu competencia, ahora tu objetivo solo es incrementar tus clientes. Con los 3 consejos que te voy a dar estoy seguro que lo vas a lograr.

Si tú no tienes ningún cliente, o recién vas a empezar con tu proyecto de estudio contable, pues déjame decirte que tienes mucho por hacer, y es obligatorio que sigas estos 3 consejos.

Antes de empezar con las recomendaciones déjame decirte que conseguir clientes no es nada difícil, yo lo comparo con enamorar a una mujer, ¿porque? déjame darte algunos principios básicos.


Conseguir clientes es como enamorar a una mujer
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¿Cómo conociste a tu actual pareja o enamorada?

1. Me lo presento un amigo, las recomendaciones pueden ayudar mucho a conseguir clientes.
2. La conocí en una fiesta, es bueno asistir a reuniones sociales, donde es muy probable haya gente dueños de pequeñas empresas o microempresas.
3. Estudiamos juntos, muchas veces tus  compañeros de un diplomado o maestría llegan a hacer empresarios y van a necesitar un contador.

¿Qué hiciste para que te diera el Si como enamorada?

1. Era detallista, a tu futuro cliente le va gustar que le envíes un brochure de tu empresa, o una cotización de tus servicios o reportes mensuales de como esta su empresa.

2. Invertí mucho en regalos y salidas, recuerda que conseguir un cliente también va depender de enviar un presente o un regalo en fechas especiales.

3. Me ayudo su amiga, a veces un amigo te puede ayudar con una buena recomendación o que hablen bien de ti como profesional.

En conclusión conseguir un cliente no solo depende de que tengas una oficina, equipos de ultima generación o que tengas grados académicos, recuerda como enamoraste a tú enamorada, novia o esposa y aplícalo a un futuro cliente , vas a ganar algunos puntos.

¿Como conseguimos el primer cliente? o ¿Aumentar nuestros clientes?

Recuerda nuevamente a tu enamorada: Tienes que impresionarla, Ser muy detallista y que se sienta Feliz contigo.

1. Impresión

Recuerda dar una buena impresión desde el primer momento, esto lo resumo en dos partes: presentación y la reunión.

a. La presentación es el proceso inicial que tiene como meta llegar a la reunión de negocio. En este proceso el cliente toca tu puerta y quiere conocerte.

La primera presentación de tu empresa no va ser personal, quizás sea virtual. El cliente llego a ti por tu pagina web, le entregaste una tarjeta de presentación o una recomendación de un cliente tuyo. Ten en cuenta los siguientes puntos:

  • Una pagina web (una meta a corto plazo)
  • Tarjeta de presentación (indispensable)
  • Un email (indispensable)
  • Un brochure (indispensable)
  • Una cotización (indispensable)
  • Contrato del Servicio (indispensable)

Lo indispensable en esta parte son los cuatro puntos finales, ya que lo más probable es que envíes un email con tu brochure y posteriormente le envíes una cotización.

Elabora tus tarjetas personales, el costo no es muy alto desde S/. 50 soles puedes tener un millar de tarjetas.

Ten un email serio y corto, si es un email corporativo mucho mejor, le da un plus a tu presentación. Si solo cuentas con hotmail o gmail también es valido pero que sean correos serios y cortos (no utilices correos largos).

Un brochure es un documento que resume tu empresa desde quienes son, que servicios prestas, tus clientes, tu experiencia, números de contacto, etc.

Elaborar un brochure es super sencillo, lo puedes hacer con un documento word o en un corel draw, te dejo mi primer brochure que hice hace 4 años (ver brochure)

En esta etapa también es muy a menudo que tu cliente te pida una cotización, este es otro punto a trabajar, tienes que enviar una cotización bien elaborada, detallando tus servicios, que se pueda entender.

Yo te recomiendo, primero enviar una solicitud de cotización (modelo) y luego el presupuesto del servicio (modelo). Son dos documentos distintos.

Otro detalle importante es el contrato de servicio, le da una garantía y seguridad a tu cliente. Realiza un contrato no solo protegiéndote como empresa, tambien detalla algunos beneficios para tu cliente (modelo de contrato).

b. La entrevista, es el punto más importante, porque vas conocer a tu futuro cliente, y va querer conocerte y saber un poco más de ti.

Lo que te puedo recomendar es que vayas muy formal, si puedes ir con un terno seria excelente (si no tienes uno, lo puedes alquilar), otro punto que te puede ayudar es llegar en carro propio (si no tienes pídele prestado a un amigo o familiar) y si puedes ir en pareja (tu socio) mucho mejor (recuerda tienes que impresionar).

Con el traje y el carro estas ganando puntos, pero no te asegura nada todavía, recuerda siempre investigar un poco del cliente antes de ir a la reunión, repasa un poco las posibles preguntas (sector construcción, minero, agrícola, industrial, pesquero, etc).

2. Ser detallista

Si ya tienes un cliente, se detallista con él. Recuerda que los clientes muchas veces se consiguen con recomendaciones de tus propios clientes. Si ya conseguiste tu primer cliente, puedes hacer algunas de estas cosas:

  • Enviarles correos sobre noticias de su sector, por ejemplo: te envió esta noticia sobre el incremento de los aranceles en la importación, deberías tenerlo en cuenta para tus próximas negociaciones.
  • Envíale información financiera de su empresa, mensualmente o trimestral.
  • No te olvides de enviarle un presente en el aniversario de la empresa o cumpleaños del gerente.
  • Realiza reuniones mensuales o cada dos meses y pregúntale ¿Cómo va el negocio? ¿Tienes algunas preguntas o dudas? ¿Alguna idea que piensas hacer?

3. Que se sienta feliz

Este punto es muy importante, porque si bien es cierto ya tienes tu cliente, pero si no haces bien tu trabajo lo más probable es que lo pierdas. Tu trabajo tiene que ser impecable, nada de multas por parte de la Sunat o Sunafil. Lo que mas odian los clientes es pagar multas.

Tambien puedes recomendarle de cómo puede reducir costos administrativos, laborales y tributarios.

Conclusiones

1. Recuerda siempre la primera impresión, envía tu brochure, tu cotización desde un email corporativo.

2. El día de la entrevista anda lo mas formal posible, prepárate bien para las preguntas que te vayan a formular.

3. Si ya tienes clientes, no olvides ser detallista, has que el cliente se sienta seguro contigo y se sienta contento con tu servicio.

4. Y la recomendación más importante, siempre recuerda la humildad. Te deseo mucho éxito en tu nueva aventura.

5. Comentarte que estaremos dictando un taller sobre “Planilla de Construcción Civil 2015“,  el martes 23 y miércoles 24 de junio a partir de las 6:30 pm (más información)

Se publica ley que inafecta a las Gratificaciones de descuento y retiro de CTS

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El día de hoy se publica la Ley 30334 que inafecta permanentemente el descuento de pensión (AFP u Onp) a las gratificaciones. (descargar la ley).

De igual manera las empresas ya no aportaran el concepto de essalud por el monto de las gratificaciones, este ultimo monto se otorgara a los trabajadores por concepto de “bonificación extraordinaria”.

Recordar que la “bonificación extraordinaria” no es un concepto remunerativo afecto a aportaciones o descuentos o afecto para calculo de beneficios laborales, solo estará afecto para el impuesto de 5ta categoría.

De igual manera esta norma también menciona como beneficiario a los pensionistas y jubilados, si te preguntas ¿porque? es porque a os pensionista se les descuenta 4% por concepto de essalud (cuando reciban sus gratificaciones no se les descontará).

Retiro de CTS

Los trabajadores podrán retirar el excedente del 100% de 4 remuneraciones. En el artículo 5 de la Ley menciona que los empleadores tienen la obligación de informar a las entidades financieras la parte intangible. Para ello deben tomar en cuenta la última remuneración del trabajador.

Menciona también un reglamento donde se detallara otros procedimientos alternativos para comunicar a las entidades financieras la parte intangible.

¿Qué deben de hacer las empresas?

Lo primero es ver la planilla de trabajadores de su empresa y analizar una fila en particular “Fecha de Ingreso”, haces un filtro aquellos trabajadores que han ingresado antes del 2011, porque solo ellos tendrán accedo a dicho beneficio.

retiro-cts

¿Cómo informan las empresas el monto intangible?

Comentarles que no hay un modelo estándar para todas las entidades, lo mejor es comunicarse con el depositario y decirles que formato utilizar.

Lo mas probable será el formato con que utilizaron para el deposito de la CTS de Mayo 2015.

Particularmente no estaba de acuerdo con esta norma, concordaba con el ejecutivo en que solo sea por un año, porque esta en juego la solvencia de Essalud (muy criticada por sus servicio), pero recuerden quien te paga tu bono de lactancia, tu subsidio de maternidad, tu bono de sepelio, y mucho mas.

Esperemos que este capricho del congreso, no se convierta en una posible alza del porcentaje del essalud (posiblemente 10%).

Conclusiones

1. Un trabajo para la encargada de clima laboral o asistencia social (recursos humanos) en informar a los trabajadores sobre quienes tendrán acceso a dicho beneficio.

2. Si tuvieras liquidaciones pendientes de trabajadores, tener en cuenta que hasta el día de hoy 24 de junio del 2015 tendrás que descontar al valor de las gratificaciones truncas el valor de la pensión. La norma todavía entra en vigencia desde el 25 de junio del 2015 (no se aplica para casos anteriores).

3.  Las empresas que hacen el pago adelantado de la gratificación (a razón 1/6 mensual), tendrán que ajustar el monto entregado hasta la fecha agregando el 9% pendiente en los meses pagados (Enero – Mayo).

4. Comparto un video explicando algunas precisiones sobre la norma.

Mini Curso: Como afrontar una fiscalización de Sunat

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Un texto de la biblia menciona “En los últimos días se presentarán tiempos críticos, difíciles de manejar – 2 Timoteo 3: 1-5”, estoy seguro que el autor del texto (apóstol pablo) no se refería a los actos de fiscalización por parte de la Sunat a las empresas, donde cada vez se hacen mas frecuentes y utilizando medios electrónicos (fiscalización electrónica).

fiscalizacion-procedimiento

Es por ello que es una obligación para todo contador que asesora a empresas conocer los puntos básicos que se toman en cuenta en una fiscalización, pero ¿cómo vamos aprender eso?, la respuesta de muchos quizás es: CAPACITACIÓN, pero muchas veces no todos tenemos acceso a matricularnos a un curso, y es que asistir a un taller de los “tributarias reconocidos” es muy costoso.

Así que no te preocupes, en esta semana voy tocar este tema en 4 artículos sobre como afrontar una fiscalización de sunat, mi objetivo es compartir lo poco que se sobre este tema (espero llegar a la altura de algunos lectores), con algunas definiciones y casuísticas que les puede ayudar.

Y a la vez ustedes también pueden comentar con su experiencia sobre el tema, y de esa manera hacemos un mini curso que tendrá un valor muy alto (la poca experiencia de un moderador + la experiencia de 1,000 lectores con sus comentarios).

Manos a la obra y a empezar se ha dicho , namaste !

Tema 01.- Formas de notificación

Haciendo una pequeña introducción podría definir el procedimiento de fiscalización como una comprobación o verificación por parte de la Sunat del cumplimiento de las normas tributarias y aduaneras por parte de las empresas, culminando dicho proceso con una resolución de determinación o de multa.

Un detalle a tener en cuenta es que dentro de las facultades de fiscalización destacan tres (inspección, investigación y control).

Una fiscalización va empezar con el acto de la notificación al deudor tributario, cada vez que me reúno con algunos empresarios para una asesoría la típica pregunta es: Miguel ¿por qué me fiscalizan a mí? , responder esta pregunta es muy difícil ya que va depender de muchos factores (cruce de información, inconsistencia en tus declaraciones, omisiones de declaraciones, pago de impuesto por debajo de tu sector, etc).

Ahora la primera píldora que te quiero dar, es no tener miedo a una fiscalización, soy de las personas que digo: siempre hay que sacar cosas buenas hasta en los peores momentos.

Creo que pasar por una fiscalización es un evaluación a tu trabajo (feeedback) y el resultado son dos opciones: la cagaste o has hecho bien tu trabajo (las cosas hay que decirlas directamente y sin rodeos).

Pero veamos las formas de notificación, para ello tenemos que recurrir al artículo 104 del código tributario (tarea: por favor date 5 minutos para leerlo ).


Un procedimiento de fiscalización iniciara con la notificación al deudor tributario
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En dicho artículo notarás que existen muchas formas de notificación, así que si tu pensabas que solo eran por esquelas, estabas muy equivocado. Haciendo un resumen son la siguientes:

  • Correo Certificado
  • Comunicación Electrónica
  • Constancia Administrativa
  • Mediante Cedulón
  • Condición No Hallado o No Habido

En resumen mediante la notificación la Sunat pone en conocimientos al deudor tributarios los actos administrativos, se entiende que dicho proceso es para que el deudor tributario pueda responder o aclarar los puntos notificados por la sunat (como dirían los abogados su “derecho a defensa”).

Vamos analizar cada forma de notificación, y me atrevería a decir la parte más importante del procedimiento de fiscalización, proceso que muchos pasan por alto y prefieren leer sobre los recursos de reclamación o como presentar las pruebas, etc.

Déjame decirte la siguiente frase: para conquistar a una mujer, no siempre tienes que centrarte en ella, muchas veces la mejor estrategia es llegar por una amiga o sus familiares.

Lo que te quiero decir es que a veces en un procedimiento de fiscalización, cuando vas armar tu defensa te enfocas en la contingencia u observación que te han notificado, dejando de lado el proceso administrativo (es como cuando despides a un trabajador, muy justificado, pero si no respetas el procedimiento de despido … pierdes !!!).

Una mala notificación por parte de la sunat puede ser tu mejor as bajo la manga, se cae todo el proceso (para eso tienes que saber muy bien los requisitos que deben cumplir las diferentes formas de notificación).

1.1 Notificación Correo Certificado

La base legal de esta forma de notificación lo encontramos en el inciso a) del artículo 104 del código tributario.

Esta forma de notificación es actualmente una de las mas usadas, ¿quién no ha recibido una esquela o una resolución de multa por currier?, la norma menciona dos supuestos posibles (que reciban la notificación o que se nieguen a recibirla).

La norma los denomina:

  • Acuse de recibo o
  • Certificación de la negativa de recepción.

a) Acuse de recibo, la norma menciona que la notificación debe darse en el domicilio fiscal del deudor tributario, pero también notar que puede darse a una persona tercera que se encuentre en el domicilio, no necesariamente tienen que ser al gerente o representante legal. Mencionar que la norma señala ciertos requisitos que deben cumplirse para su validez:

  • Apellidos y nombres o razón social del deudor tributario
  • Numero de Ruc
  • Numero de documento del que se notifica
  • Nombre del quien recibe y su firma
  • Fecha de la notificación

b) Certificación de la Negativa a la recepción, esto se da bajo 3 supuestos que señala la norma:

  • Cuando el deudor tributario rechaza la notificación
  • Cuando reciben la notificación , pero no quieren suscribir la recepción
  • Cuando no quieren mencionar sus nombre y/o firma el cargo

Recordar lo que les mencione líneas arriba, si la notificación no se realiza correctamente, se cae el procedimiento de fiscalización, algunos casos que encontré:

RTF 01984-1-2004, en este caso la notificación solo contenía un sello de recepción, no incluyendo la persona que recibió, dni ni fecha.

RTF 03447-4-2005, este caso es parecido, no se consigno el nombre de la persona que recepción el documento.

RTF 02285-1-2007, en este caso fue algo gracioso, la persona que estaba señalada como recepcionador de la notificación no figuraba en Reniec (persona fantasma).

El argumento del tribunal fiscal en estos casos es la falta de fehaciencia de las operaciones.

1.2 Comunicación Electrónica

La base legal de esta forma de notificación lo encontramos en el numeral b) del artículo 104 del código tributario.

La norma menciona que para que sea valido esta forma, tiene que validarse la recepción de la entrega por la misma vía. Se entiende un mensaje de confirmación (de apertura y lectura).

Un ejemplo en este punto seria una notificación por email o las notificaciones por buzón clave sol.

notificación-sunat
Notificación utilizando el buzón – clave sol

En este punto, sunat le va apostar por la notificaciones por buzón sol, ya que prácticamente van a tener todo el control del sistema.

En lo primero, las notificaciones por email, veo un avance ya que si recordarán hubo una campaña de sunat de validar los números de celulares y email (incluyendo una verificación), una verificación significa que te mandan un código para validar la autenticidad del email ingresado.

Mencionar que esta forma de notificación va crecer mucho para el 2015 y los años que se vienen por 2 sencillas razones: ahorro de costo y el perfecto proceso de notificación.

¿Qué se puede hacer en este punto?, lo que podrías hacer es verificar que tipo de procedimiento te han notificado ¿cómo así?, lo que pasa es que bajo esta forma de notificación no te pueden notificar todo, solo algunos actos administrativos.

Procesos Administrativos que solo se pueden notificar por Buzón Sol
Procesos Administrativos que solo se pueden notificar por Buzón Sol (Fuente: Sunat)

1.3 Constancia Administrativa

La base legal de esta forma de notificación lo encontramos en el numeral c) del artículo 104 del código tributario.

Este forma de notificación se da en las oficinas de la sunat, tener en cuenta que las notificaciones pueden ser varias en los diferentes procesos de la fiscalización.

Una fiscalización puede comenzar con un requerimiento y luego pedir algunos documentos más o en todo caso una notificación con la resolución de multa ya culminando el proceso de fiscalización.

En este punto detallar que la norma menciona que solo pueden recibir esta forma de notificación el deudor tributario o representante legal.

Un caso interesante sobre este tema lo encuentran en la RTF 04106-4-2005, donde menciona que la notificación fue entregada al contador de la empresa en una instalación de sunat, no haciendo al deudor tributario o representante.

1.4 Notificación por Cedulón

La base legal de esta forma de notificación lo encontramos en el numeral f) del artículo 104 del código tributario.

Forma de notificación por Cedulón.
Forma de notificación por Cedulón.

La norma menciona que cuando no hubiera persona alguna capaz de recepcionar la notificación o el domicilio estuviera cerrado, se fijara un cedulón y los documentos se dejaran en un sobre cerrado bajo la puerta.

Dicho cedulón debe cumplir algunos requisitos:

  • Apellidos y nombres o razón social del deudor tributario
  • Numero de RUC
  • Numero de documento que se notifica
  • Fecha que se realiza la notificación
  • Dirección del domicilio
  • Numero de cedulón
  • El motivo por el cual se usa
  • La indicación expresa de porque se ha procedido a fijar el cedulón.

1.5 Condición No habido o No hallado

La base legal de esta forma de notificación lo encontramos en el numeral e) del artículo 104 del código tributario.

En este caso la norma menciona que se procederá a realizar la notificación por medio de la Pagina Web, o mediante una publicación en el Diario El Peruano. De ser el caso de una localidad, en un diario de mayor circulación.

notificación-diario
Notificación utilizando la publicación en el Diario El Peruano

2. Efecto de la Notificación

Este es un punto muy importante a tener en cuenta, en especial cuando se trate de pagos de multas por omisión de declaración o datos falsos ¿porque? para el uso de una mayor tasa de gradualidad.

En el artículo 106 del código tributario menciona:

Las notificaciones surtirán efecto desde el día hábil siguiente al de su recepción, entrega o deposito según sea el caso.

Para que puedas entender un poco, supongamos que hoy recibes una notificación por omisión de haber declarado tu PDT 621, ya sabes que tienes la multa de 1UIT para el régimen general, pero la pregunta es ¿Qué tasa de gradualidad usas?

Notar que la notificación surge efecto al día siguiente, por ende si el mismo día que recibes la notificación es como si estarías subsanando la falta por iniciativa propia (usas el 90% de gradualidad).

También mencionar que dicho artículo menciona algunas excepciones, indicando que algunas notificaciones surgen efecto el mismo día de la notificación. Como por ejemplo:

  • Traba de medidas cautelares
  • Requerimiento de exhibición de libros, registros
  • Documentos sustentando de operaciones de adquisiciones
  • Y otros actos que se realicen en forma inmediata

Resumen de la primera parte del mini curso

1. Primero no tener miedo a la una fiscalización

2. Es una forma de medir su trabajo (lo están haciendo bien o mal)

3. Recuerda que la fiscalización iniciara con la correcta notificación.

4. Revisa que la notificación cumpla los requisitos señalados en la norma

5. Las notificaciones surgen efecto al día siguiente de su recepción salvo algunas excepciones.

Recomendaciones

1. Si tienes una experiencia que contar sobre un proceso de fiscalización, o alguna recomendación, deja un comentario de esa manera hacemos que el curso tenga más valor.

2. El próximo tema será, el inicio de la fiscalización, en unos días lo debo de estar subiendo (repasa un poco).

3. Si te gusto la primera parte del mini curso pues una forma de ayudar a mejorar el curso, es compartiéndolo con tus amigos, compañeros y todos los que puedas.

4. Comunicarte que estamos lanzando un Taller Práctico: Actualidad Laboral 2015, serán 3 días de charla, más de 9 horas de casuística laboral (más informes).

Mini Curso: Como afrontar una Fiscalización Tributaria – 1ra Evaluación

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Buenos días chicos , el día de ayer lanzamos el mini curso como afrontar una fiscalización de sunat, si no lo has leído te dejo el enlace (ver mini curso).

Continuando con el curso, vamos a tomar una evaluación sobre la primera parte del curso, para medir que tanto hemos aprendido, mucha suerte.

No te olvides de compartir tu nota en tu facebook  :)

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