Muchos contribuyentes están siendo notificados mediante una carta inductiva por inconsistencia en el tributo de renta de 5ta categoría, esto debido al cruce de información por sus ingresos percibidos en las diferentes empresas donde han prestado servicio.
Las cartas inductivas que sunat empezó a notificar son de los ejercicios del 2012, 2013 y 2014, la recomendación es simplemente verificar tus ingresos de cada ejercicio y si superas el límite de las 7 UIT regularizar el impuesto pendiente no retenido y no pagado.
Por lo general en una carta inductiva te dan un plazo de 10 días para que puedas presentar tus descargos, en caso de haber discrepancias con el contenido.
Veamos 3 supuestos del porque te llego dicha carta inductiva, ten en cuenta que los calculo de 5ta de los ejemplos son con las tasas actuales del 2015.
Carta Inductiva por inconsistencia en renta de 5ta categoría
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Labore en 2 o más empresas
Si tú, estas laborando para 2 o más empresas actualmente, tienes la obligación de informar a la empresa donde percibas el mayor ingreso del otro ingreso que percibes.
La base legal lo encontramos inciso b) del artículo 44 de la Ley del Impuesto a la renta:
Aquellos que perciban dos o más remuneraciones de quinta categoría deberán presentar una declaración jurada ante el empleador que pague la remuneración de mayor monto, incluyendo la información referente a las remuneraciones percibidas de otros empleadores para que éste las acumule y efectúe la retención correspondiente.
Recuerda la empresa donde más ingresos percibas es la que debe realizar la retención de 5ta categoría. Veamos un caso práctico para entenderlo mejor.
Labore para 2 o más empresa en un ejercicio pero en diferentes meses.
La vida profesional de un trabajador muchas veces no es permanente, muchas veces laboras para una empresa un corto tiempo y luego para otra.
Este tipo de situación también puede llevarte a un problema en el caso de renta de 5ta categoría, porque el cálculo que haga la segunda empresa no será correcto si no toma en cuenta tus ingresos percibidos por la primera empresa. Veamos un caso práctico para entender mejor.
La empresa no te realizo la retención
Este último caso sería el más grave, ya que estando afecto a la renta de 5ta categoría la empresa no te realizo ningún descuento.
¿Cómo lo soluciono?
Si tienes un impuesto por regularizar por rentas de 5ta categoría lo puedes pagar con el formulario 1073, consignado tu dni, el tributo 3073 y el periodo, este último depende del ejercicio (por ejemplo 13/2015) – descargar formulario.
Por otro lado si tienes número de RUC, lo realizaras con el formulario guía pago varios 1662.
¿Qué pasa si no hago nada?
Bueno si no haces nada, te comento que pueden embargar tus cuentas personales, mejor dicho todo tu peculio esta expuesto.
Descarga del archivo
Comparto el archivo de los ejemplo, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Me gusta”.
Recomendaciones
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No te quedes sin hacer nada, dirígete a una agencia de sunat y pide toda la información o por la vía telefónica.
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No esperes la retención de tus cuentas y a parte que el banco te cobre 200 soles por haber realizado la retención.
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Este mes de agosto, hemos programado los siguientes talleres: