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4 recomendaciones para el calculo de las gratificaciones a partir del 2015

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El calculo de la gratificaciones es un beneficio laboral que tienen muchos trabajadores que laboran en la actividad privada, en especial aquellos contratados bajo el decreto legislativo 728.

Como muchos de ustedes sabrán dicho beneficio se calcula en los meses de julio y diciembre de cada año. Solo en el caso de extinción laboral se tendrá que calcular el valor dela gratificación trunca.

¿Que paso con ley 29351?

Esta ley se promulgo hace 4 años con el objetivo de exonerar a las gratificaciones del descuento de pensión y aportación al essalud. Un detalle importante es que la Ley 29351 caduco el 31 de diciembre del 2014, no siendo prorrogada hasta la fecha. Dado el acontecimiento mencionado surgen algunas preguntas: ¿Cómo influye esto en el calculo de la gratificación?


Recuerda la LEY 29351 caduco el 31 de diciembre del 2014, a la fecha no ha sido prorrogada
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La respuesta es muy sencilla, significa que al valor de las gratificaciones le vas a tener que descontar el porcentaje de pensión (AFP o ONP) y a su vez realizar el aporte al essalud.

Caso Práctico

Miguel Torres es una trabajador que labora en la empresa Google Inc desde el 01/01/2009, percibiendo una remuneración de S/. 9,500 soles mensuales. Miguel decide renunciar el 31 de Enero del 2015 presentando su carta de renuncia, en la cual solicita sus beneficios laborales. Para fines del ejemplo solo calcularemos el valor de la gratificación trunca (Miguel esta registrado en la ONP).

gratificación 2015

Si ya han descargado el archivo, notaran que a partir del 01/01/2015 al monto de las gratificaciones se tendrá que descontar el sistema pensionario.

Descarga del archivo

Comparto el archivo de como calcular el valor de las gratificaciones a partir del 2015, para poder descargar solo tienes que darle clic en el botón “Recomendar”.

Recomendaciones

1. A la fecha no ha salido ninguna prorroga de la Ley 29351, por ende ya no se calcula el valor de las bonificaciones extraordinarias.

2. Al valor de la gratificación se tendrá que realizar el descuento de la pensión.

3. La empresa tendrá que aportar al seguro el 9% del monto de la gratificación.

4. Si en una semana, quizás 3 semanas o meses, se prorrogara la Ley 29351 se volvería a los cálculos normales como lo hicieron en el ejercicio 2014, mientras tanto no.

El día de mañana Lunes 02 de Febrero estaremos dictando un curso sobre Planilla de Construcción Civil 2014 -2105, si estas interesado te dejo el enlace (link).


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