A estas alturas ya muchas empresas deben haber cumplido con el pago de la gratificación a sus trabajadores.
Si deseas saber un poco más sobre el tema de gratificación y su implicancia con la promulgación de la Ley 30334, te recomiendo 4 artículos que tienes que leer:
- ¿Cómo calcular la gratificación de Fiestas Patrias?
- Ley 30334 – 10 Casos Prácticos de Gratificación
- Ley 30334 – 4 Casos Prácticos de Bonificación Extraordinaria
- Ley 30334 – ¿Cómo declarar las gratificaciones truncas en el PDT PLAME?
Me gustaría comentarles que el tema de gratificación ha sido el tema de mayor consulta en el blog.
En solo 17 días el blog ha recibido más de 1,000 comentarios y mencionarles que el tema gratificación se lleva el 80% de ese monto. La pregunta más frecuente ha sido:
Miguel Torres: ¿Cuánto me toca de gratificación en Julio?
Para responder a esta pregunta correctamente hace un falta un dato, en el caso del 90% de las consultas han ignorado.
Para saber tu monto de gratificación, debes saber el régimen laboral de tu empresa
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¿Cómo saber cuánto de gratificación me corresponde?
El dato más importante para el calculo de tú gratificación es el Régimen Laboral de tu empresa.
Te lo voy a explicar de esta manera, no todas las empresas pagan los mismos beneficios laborales a sus trabajadores, ¿por qué no?, porque existen muchos regímenes laborales, y el Perú es uno de los países que tiene más regímenes en América.
Cada régimen laboral se rige por sus propias normas especiales, es por eso que los beneficios laborales son diferentes.
Regímenes Laborales en el Perú
Poder hablar de todos los regímenes laborales en el Perú me tomaría escribir un libro completo, así que voy a mencionar los principales, los mas consultados en el blog.
A. Régimen Laboral General (Decreto Legislativo 728), este tipo de régimen cumple con el pago de todos los beneficios laborales en un 100%.
B. Régimen Especial Mype (Ley 30056), mencionar que el nombre “mype” fue cambiado con la promulgación de la Ley 30056. Este régimen se caracteriza por tener 3 categorías, pero en el ámbito laboral de aplicación solo 2 sobresalen:
- Las microempresas no están obligadas a pagar el beneficio de gratificación.
- Las pequeñas empresas solo pagan el 50% de la gratificación.
C. Régimen Agrario (Ley 27360), este régimen tampoco realiza el pago de gratificación por fiestas patrias o navidad. La razón es que en el jornal diario ya está incluido la gratificación y cts.
D. Régimen de Construcción Civil (Decreto Legislativo 727), este régimen si realiza el pago de gratificación tanto para fiestas patrias y navidad. Su pago es equivalente a 40 jornales diarios.
E. Régimen de Trabajadora del Hogar (Ley 27896), este régimen también realiza el pago de gratificación, su equivalente es igual al 50% de la remuneración mensual.
F. Régimen de Trabajadores Pesqueros (Decreto Supremo 004 – 2014-TR), este régimen paga la gratificación mensual a razón del 16.66% de la remuneración percibida por el trabajador. Notar que dicho pago se realiza en una entidad bancaria elegida por el trabajador.
Conclusiones
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Si deseas saber cuánto te corresponde de gratificación, lo primero que tienes que saber es el Régimen Laboral de la empresa donde trabajas.
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Si deseas saber si tu empresa es Mype, te recomiendo que leas este artículo donde te enseño como saberlo.
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