A partir del 01 de Setiembre de 2015 entra en vigencia la Resolución Sunat 211-2015, que obliga la incorporación de una tercera copia: factura negociable a las facturas comerciales.
Para la incorporación de la tercera copia: factura negociable, los contribuyentes deberán dar de baja sus comprobantes: factura y recibos por honorarios.
Factura Negociable – Baja de comprobantes de pago
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Para dar de baja los comprobantes de pago la resolución sunat 211-2015 en su cuarto párrafo de su única disposición complementaria menciona:
Para efecto de lo dispuesto en el párrafo precedente, los emisores deben seguir el procedimiento contemplado en el numeral 4 del artículo 12 del reglamento de comprobantes de pago y consignar como motivo de baja, en el Formulario Virtual 855, el previsto en el numeral b) del inciso 4.1 del numeral 4 del citado articulo 12 del reglamento de pago.
En el numeral 4 del artículo 12 del reglamento de comprobante de pago menciona el procedimiento para dar de baja los comprobantes de pago no entregados, detalla la utilización del formulario virtual 855.
Por otro lado, mencionan diferentes opciones para dar de baja a los comprobantes, para este caso en especial de la incorporación de la factura negociable, debemos revisar el numeral b) del inciso 4.1 del numera 4 del artículo 12 del RCP:
4.1 Deberán declarar en el Formulario N° 825 o en el Formulario Virtual N° 855 denominados “Declaración de Baja y Cancelación”:
a) La baja de serie, cuando se retire uno o más puntos de emisión.
b) La baja de documentos por deterioro.
¿Cómo dar de baja los comprobantes de pago?
Lo primero es ingresar al sunat operaciones en línea, con nuestra clave sol, luego en el menú: Comprobantes de Pago / Formulario 855
Luego elegiremos el motivo de la declaración, seleccionaremos: 855-2 Baja de Comprobantes de Pago
Seleccionaremos el motivo de la baja: para este caso es deterioro:
Luego la fecha de baja y por ultimo detallamos el comprobante a dar de baja: Factura (colocaremos los comprobantes no utilizados).
Confirmaremos nuestra solicitud.
Finalmente obtendremos nuestra constancia de baja.
Tener en cuenta que debes dar de baja los comprobantes no usados, no significa que vas dar de baja una serie o vas a mandar a imprimir una serie nueva.
Plazos para la baja de los comprobantes
Recuerda que la fecha máxima para dar de baja los comprobantes de pago va depender de la fecha de autorización:
- Comprobantes de pago impresos en el ejercicio 2014, la fecha máxima es el 31 de Octubre de 2015.
- Comprobantes de pago impresos en el ejercicio 2015, la fecha máxima es el 31 de Diciembre de 2015
Tener en cuenta que pasado esas fechas dichos comprobantes no tendrá ningún valor.
Preguntas frecuentes de la factura negociable
Miguel: Yo realizo venta de 200 soles, ¿Estoy obligado que implementar la tercera copia: factura negociable?
- Si, la resolución sunat 211-2015, no menciona que la obligación de incorporación esté relacionado con los ingresos.
Miguel: Mis clientes me pagan en efectivo todas mis ventas ¿Estoy obligado a la incorporación de la factura negociable?
- Si, tener en cuenta que es una nueva regla para el modelo de la factura comercial.
Miguel: Tengo mi talonario de 100 facturas, no las he utilizado nunca ¿Debo darles de baja?
- Es correcto, tener en cuenta que dicho talonario una vez vencido el plazo de baja, no tendrán ningún valor.
Miguel: Yo no pienso utilizar el factoring ¿Estoy obligado a incorporar la factura negociable?
- Sí, independientemente que apliques el factoring o no lo apliques, tendras que incorporar la tercera copia.
Miguel: Mi tercera copia de mi factura es: control administrativo ¿Qué debo hacer?
- En este caso no hay problema, la tercera copia será la factura negociable, y tu control administrativo vendrá hacer la cuarta copia.
Conclusiones
- La obligación de la incorporación de la factura negociable es para el régimen especial y régimen general.
- Si bien es cierto existe la obligación de la incorporación de la factura negociable como tercera copia en la factura comercial, pero su utilización es voluntaria como sistema de factoring.
- Si van a imprimir nuevos comprobantes de pago: facturas comerciales, tengan en cuenta que a partir del 01 de Setiembre de 2015 las imprentas ya deben implementar la tercera copia.